La demandante, trabajadora que estaba en situación de pluriactividad (RGSS y RETA) solicita el reconocimiento de la prestación con efectos desde la baja en RETA, pues con anterioridad había sido incluída en ERTE de la empresa para la que también prestaba servicios. El organismo demandado lo deniega por ser la prestación incompatible con el trabajo por cuenta propia (artículo 282.1 LGSS). La cuestión controvertida pasa por determinar cuándo se produce la situación legal de desempleo, si con el primer ERTE o en cada una de sus prórrogas. La Magistrada, tras analizar toda la normativa de urgencia y teniendo en cuenta la circunstancia muy excepcional que ha venido a cubrir tal regulación, realiza una visión dinámica de los hechos y una interpretación dinámica de las prestaciones y considera que en la primera prórroga del ERTE se produce una nueva situación habilitante de desempleo, concediéndole la prestación con dicha fecha de efectos.
martes, 29 de junio de 2021
Sentencia Juzgado de lo Social 15 de Madrid, de 26 de abril de 2021
La demandante, trabajadora que estaba en situación de pluriactividad (RGSS y RETA) solicita el reconocimiento de la prestación con efectos desde la baja en RETA, pues con anterioridad había sido incluída en ERTE de la empresa para la que también prestaba servicios. El organismo demandado lo deniega por ser la prestación incompatible con el trabajo por cuenta propia (artículo 282.1 LGSS). La cuestión controvertida pasa por determinar cuándo se produce la situación legal de desempleo, si con el primer ERTE o en cada una de sus prórrogas. La Magistrada, tras analizar toda la normativa de urgencia y teniendo en cuenta la circunstancia muy excepcional que ha venido a cubrir tal regulación, realiza una visión dinámica de los hechos y una interpretación dinámica de las prestaciones y considera que en la primera prórroga del ERTE se produce una nueva situación habilitante de desempleo, concediéndole la prestación con dicha fecha de efectos.
sábado, 7 de diciembre de 2019
ST. 728/2019, de 23 de octubre. Tribunal Supremo. Sala de lo Social
No es admisible una interpretación de estos preceptos cuyo resultado sea el de que no deban computarse a efectos del complemento por mínimos las prestaciones percibidas de una entidad extranjera, cuando por su misma naturaleza deberían tenerse en cuenta si fuesen abonadas a cargo de una entidad española.Esa conclusión llevaría al absurdo de otorgar un tratamiento desigual e injustificado a los beneficiarios de las pensiones, en razón de que sea nacional o extranjera la entidad de las que perciben esas otras prestaciones.
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ST. 728/2019, de 23 de octubre. Tribunal Supremo. Sala de lo Social
No es admisible una interpretación de estos preceptos cuyo resultado sea el de que no deban computarse a efectos del complemento por mínimos las prestaciones percibidas de una entidad extranjera, cuando por su misma naturaleza deberían tenerse en cuenta si fuesen abonadas a cargo de una entidad española.Esa conclusión llevaría al absurdo de otorgar un tratamiento desigual e injustificado a los beneficiarios de las pensiones, en razón de que sea nacional o extranjera la entidad de las que perciben esas otras prestaciones.
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lunes, 25 de noviembre de 2019
ST. 127/2019, de 31 de octubre. Tribunal Constitucional.
ST. 127/2019, de 31 de octubre. Tribunal Constitucional.
martes, 12 de noviembre de 2019
ST. 645/2019, de 19 de octubre. Tribunal Supremo. Sala de lo Social
ST. 645/2019, de 19 de octubre. Tribunal Supremo. Sala de lo Social
jueves, 10 de octubre de 2019
ST. 705/2019, de 10 de octubre. Tribunal Supremo. Sala de lo Social.
Asistencia sanitaria: A raíz de un accidente de trabajo ocurrido el 19 de septiembre de 2012 y precisando el trabajador la implantación de prótesis por pérdida de una mano, se discute si rige el principio de reparación integra del daño o si hay que estar a las especificas previsiones reglamentarias sobre acción protectora del Sistema Nacional de Salud.
ST. 705/2019, de 10 de octubre. Tribunal Supremo. Sala de lo Social.
Asistencia sanitaria: A raíz de un accidente de trabajo ocurrido el 19 de septiembre de 2012 y precisando el trabajador la implantación de prótesis por pérdida de una mano, se discute si rige el principio de reparación integra del daño o si hay que estar a las especificas previsiones reglamentarias sobre acción protectora del Sistema Nacional de Salud.