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viernes, 29 de marzo de 2019

Una reflexión sobre el trabajo sexual

El 31 de julio del 2018 se publicó en el BOE la resolución por la que el Ministerio de Trabajo oficializaba la constitución del sindicato OTRAS (Organización de Trabajadoras Sexuales), al amparo del Art. 28 de la CE, que consagra el derecho fundamental a sindicarse libremente.

Al hilo de esta noticia, numerosas voces pusieron el grito en el cielo, procedentes en su gran mayoría de los denominados “sectores feministas abolicionistas”, llegando a provocar la dimisión de la entonces Directora General de Trabajo, Concepción Pascual, tras la afirmación de la Ministra Magdalena Valerio de que “le habían metido un gol por la escuadra”.

Como punto de partida, y desde el punto de vista jurídico formal, la inscripción del sindicato cumple todos los requisitos previstos en la Ley Orgánica 11/ 1985 sobre Libertad Sindical, así como en el Real Decreto 416 / 2015, sobre Depósito de Estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales. 

Amaya Olivas Díaz
Magistrada del Juzgado de lo Social nº1 de Madrid

Una reflexión sobre el trabajo sexual

El 31 de julio del 2018 se publicó en el BOE la resolución por la que el Ministerio de Trabajo oficializaba la constitución del sindicato OTRAS (Organización de Trabajadoras Sexuales), al amparo del Art. 28 de la CE, que consagra el derecho fundamental a sindicarse libremente.

Al hilo de esta noticia, numerosas voces pusieron el grito en el cielo, procedentes en su gran mayoría de los denominados “sectores feministas abolicionistas”, llegando a provocar la dimisión de la entonces Directora General de Trabajo, Concepción Pascual, tras la afirmación de la Ministra Magdalena Valerio de que “le habían metido un gol por la escuadra”.

Como punto de partida, y desde el punto de vista jurídico formal, la inscripción del sindicato cumple todos los requisitos previstos en la Ley Orgánica 11/ 1985 sobre Libertad Sindical, así como en el Real Decreto 416 / 2015, sobre Depósito de Estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales. 

Amaya Olivas Díaz
Magistrada del Juzgado de lo Social nº1 de Madrid

miércoles, 20 de marzo de 2019

Sindicato OTRAS: Sentencia de la Audiencia Nacional de 19 de noviembre de 2018

OTRAS: Organización de Trabajadoras Sexuales.

Pretendemos con el presente comentario aproximarnos a la declaración de nulidad de los estatutos del sindicato OTRAS realizada por la Sentencia de la Audiencia Nacional Volver al inicio de de 19 de noviembre de 2018. Nuestra tesis es que esta sentencia no ha hecho una aplicación de nuestro Derecho positivo para obtener su conclusión, sino que se ha fundamentado en consideraciones de valor que se engarzan con el deber ser y no con la physis. Al actuar de tal forma se está suplantando a la sociedad su capacidad de decisión y de regular las relaciones sociales, adoptando una función que no es la que corresponde a un órgano judicial en un sistema democrático.

Referimos cinco partes que son la descripción y valoración jurídica de la sentencia comentada; las consecuencias que se derivan de una interpretación como la que lleva a cabo la resolución analizada; una pequeña referencia al Derecho del trabajo y su carácter; una propuesta teórica y especulativa de la relación laboral de la prostitución; y, el final del comentario.

Florentino Eguaras Mendiri
Magistrado de la sala Social del TSJ del País Vasco

Accede al artículo

Sindicato OTRAS: Sentencia de la Audiencia Nacional de 19 de noviembre de 2018

OTRAS: Organización de Trabajadoras Sexuales.

Pretendemos con el presente comentario aproximarnos a la declaración de nulidad de los estatutos del sindicato OTRAS realizada por la Sentencia de la Audiencia Nacional Volver al inicio de de 19 de noviembre de 2018. Nuestra tesis es que esta sentencia no ha hecho una aplicación de nuestro Derecho positivo para obtener su conclusión, sino que se ha fundamentado en consideraciones de valor que se engarzan con el deber ser y no con la physis. Al actuar de tal forma se está suplantando a la sociedad su capacidad de decisión y de regular las relaciones sociales, adoptando una función que no es la que corresponde a un órgano judicial en un sistema democrático.

Referimos cinco partes que son la descripción y valoración jurídica de la sentencia comentada; las consecuencias que se derivan de una interpretación como la que lleva a cabo la resolución analizada; una pequeña referencia al Derecho del trabajo y su carácter; una propuesta teórica y especulativa de la relación laboral de la prostitución; y, el final del comentario.

Florentino Eguaras Mendiri
Magistrado de la sala Social del TSJ del País Vasco

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miércoles, 5 de diciembre de 2018

Más a propósito de la sentencia sobre el sindicato “Otras”:

La libertad sexual de las mujeres o el derecho al propio cuerpo, no debe ser disponible en el marco de un contrato laboral

Matilde Aragó. Magistrada 

La reciente sentencia de la Sala Social de la Audiencia Nacional, sobre la impugnación de los estatutos del sindicato “OTRAS”, de fecha diecinueve de noviembre de dos mil dieciocho, procedimiento número 258/2018, dictada en el proceso seguido a instancia de la COMISIÓN PARA LA INVESTIGACIÓN DE MALOS TRATOS A MUJERES y de la PLATAFORMA 8 DE MARZO DE SEVILLA contra SINDICATO ORGANIZACIÓN DE TRABAJADORAS SEXUALES (“OTRAS”), ha estimado la demanda declarando la nulidad de los estatutos de dicho sindicato. 

Más a propósito de la sentencia sobre el sindicato “Otras”:

La libertad sexual de las mujeres o el derecho al propio cuerpo, no debe ser disponible en el marco de un contrato laboral

Matilde Aragó. Magistrada 

La reciente sentencia de la Sala Social de la Audiencia Nacional, sobre la impugnación de los estatutos del sindicato “OTRAS”, de fecha diecinueve de noviembre de dos mil dieciocho, procedimiento número 258/2018, dictada en el proceso seguido a instancia de la COMISIÓN PARA LA INVESTIGACIÓN DE MALOS TRATOS A MUJERES y de la PLATAFORMA 8 DE MARZO DE SEVILLA contra SINDICATO ORGANIZACIÓN DE TRABAJADORAS SEXUALES (“OTRAS”), ha estimado la demanda declarando la nulidad de los estatutos de dicho sindicato. 

jueves, 22 de noviembre de 2018

Comentario de la sentencia de la Sala Social de la Audiencia Nacional de 19/11/2018

Artículo de Carlos Hugo Preciado Domènech. Magistrado

Ilegalización de los estatutos sindicales del sindicato de trabajadoras del sexo (OTRAS) Una interpretación absurda de la libertad sindical que va en contra de un colectivo mayoritariamente de mujeres, invisibilizado y necesitado de herramientas para defender sus derechos. 

Comentario de la sentencia de la Sala Social de la Audiencia Nacional de 19/11/2018

Artículo de Carlos Hugo Preciado Domènech. Magistrado

Ilegalización de los estatutos sindicales del sindicato de trabajadoras del sexo (OTRAS) Una interpretación absurda de la libertad sindical que va en contra de un colectivo mayoritariamente de mujeres, invisibilizado y necesitado de herramientas para defender sus derechos.