jueves, 13 de mayo de 2021

ST. 1157/2020, de 20 de octubre de 2020. TSJ del País Vasco

La Sala estima el recurso de la trabajadora y estima que tiene derecho a la jornada reducida que reclamaba a la empresa para atender a su suegro, pues tiene mermadas las posibilidades de autocuidado y concurre el grado de parentesco por afinidad que fija la Ley. Indica que se trata de un derecho individual, bastando con que se den las premisas previstas en la norma y sin que haya que ponderar que el apoyo a aquella persona lo puedan ofrecer otros familiares, recordando que la normativa antidiscriminatoria por razón de género ha de utilizarse al interpretar las normas aplicables, ponderando los valores constitucionales en juego. Finalmente, fija una indemnización por daño moral causado con la negativa al reconocimiento del derecho, fijándola por aplicación analógica del importe de las sanciones administrativas previstas en la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social en 626.