domingo, 15 de diciembre de 2019

ST. 771/2019, de 12 de noviembre. Tribunal Supremo Sala de lo Social

Indemnización de daños y perjuicios: trabajador que muere en accidente de trabajo sin estar de alta en la SS. Demanda de responsabilidad civil dirigida frente a empresa y aseguradora. Su falta de alta en la SS no impide que nazca la responsabilidad de la aseguradora. La póliza se refiere a los beneficiarios del seguro concertado como "empleados" o "trabajadores" de la entidad tomadora y es sobradamente conocido el criterio normativo y jurisprudencial en virtud del cual el alta en Seguridad Social no es un requisito constitutivo de la relación laboral

Distinción entre cláusulas delimitadoras y limitativas: el seguro cubre los siniestros ocurridos durante la vigencia del contrato, cuya reclamación se notifique fehacientemente al asegurado o al asegurador durante la vigencia de la póliza o hasta dos años después de su finalización. Se trata de una cláusula delimitadora y válida que determina que la aseguradora no responda, por haberse comunicado el siniestro fuera de plazo. 

El criterio mayoritario en la doctrina y en la jurisprudencia civil es tratar de separar ambos tipos de cláusulas, excluyendo a las puramente delimitadoras del riesgo cubierto del doble requisito impuesto a las puramente limitativas por el artículo 3 de la Ley de Contrato de Seguro. De esta forma, existe consenso en considerar que los derechos del asegurado son delimitados siempre que una cláusula acota el riesgo objeto de cobertura por medio del contrato de seguro y, por el contrario, son limitados sólo cuando tal cláusula, al perfilar el riesgo cubierto excluye supuestos que de ordinario o usualmente quedan comprendidos dentro del mismo. En definitiva, como pone de relieve la STS -Sala- de 5 de junio de 1997, "La concreción del riesgo asegurado no supone limitación en los derechos del asegurado". Y, además, deben excluirse del concepto de cláusulas limitativas de los derechos del asegurado aquéllas que determinan qué riesgo se cubre, en qué cuantía, durante qué plazo (como es la circunstancia del caso presente) y en qué ámbito espacial (STS 1 de 18 de mayo de 2009, Rec. 40/2004).