viernes, 8 de noviembre de 2019

ST. 659/2019, de 25 de septiembre. Tribunal Supremo. Sala de lo Social.

Jurisdicción: corresponde al orden social. El acto administrativo sobre autorización de prestaciones sanitarias, bajo una específica modalidad (desplazamiento de personal propio de la Mutua al centro concertado), tal acto resulta incardinable en el ámbito de la materia propia de la Seguridad Social recogida en el art. 2.s) LRJS, es lo que determina la competencia del orden jurisdiccional social para el conocimiento del pleito.

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