jueves, 1 de marzo de 2018

ST. de 11 de febrero de 2016. Juzgado de lo Social 12 de Barcelona

La sentencia aplica la Carta Social Europea y el Voto Particular de la STC 49/ 15 de 5 de marzo, entre otra normativa, para argumentar que los pensionistas, sobre todo con pensiones bajas, tienen derecho al mantenimiento de su poder adquisitivo, a una pensión adecuada y suficiente. El sacrificio irracional y sin justificación en el nombre de exigencias de reducción del gasto público no se justifican de manera detallada sino meramente genérica, por lo que se vulneran derechos fundamentales conectados a la relación de Seguridad Social: la proporcionalidad con el salario de activo, la pensión como retribución diferida y la adecuación.