lunes, 30 de marzo de 2020

Guía orientativa de la incidencia del coronavirus en las relaciones laborales

Los órganos judiciales laborales actúan reactivamente a la razón práctica jurídica, o lo que es lo mismo: las opciones elegidas en el mundo del trabajo son fiscalizadas por los jueces. No decimos lo que hay que hacer sino si lo que se ha hecho es ajustado a derecho. Es una consecuencia de nuestro sistema jurídico continental profundamente legalista.

Ahora bien, en esta ocasión y ante la situación tan excepcional que estamos afrontando en relación al coronavirus COVID-1, que ha sido valorada de emergencia de salud pública de importancia internacional, y al cobijo de los Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública, y Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19; nos permitimos realizar una evaluación o guía orientativa de diversos supuestos que pueden generarse respecto a las relaciones laborales.

Dejamos al margen el ámbito de la Administración Públicas y las relaciones de empleo público.

Florentino Eguaras Mendiri
Magistrado del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco Sala Social

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