viernes, 5 de junio de 2020

ST. de 3 de junio de 2020, Juzgado social único de Teruel


La magistrada del Juzgado de lo Social nº 1 de Teruel dicta una de las primeras sentencias en las que se analiza la vulneración de derechos fundamentales durante la crisis sanitaria del Covid19 por incumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales. En la Sentencia, tras adecuar el procedimiento al cauce del conflicto colectivo y examinar -con resultado positivo- su competencia objetiva y territorial, desestima las excepciones de litisconsorcio pasivo necesario (con la Administración General del Estado) y la falta de jurisdicción alegada por las demandas. En cuanto al fondo de la cuestión litigiosa analiza la protección de la salud como derecho íntimamente ligado al derecho fundamental del artículo 15 CE (integridad física); recuerda la necesaria aplicación al supuesto de hecho de la LPRL y concluye que no existe fuerza mayor imprevisible e inevitable que permita eximir a las demandadas de su obligación de observar y cumplir tal normativa de prevención de riesgos laborales respecto de sus empleados. Todo ello determina que se estime la demanda y se acojan las pretensiones del sindicato demandante considerando vulnerando el derecho fundamental a la integridad física al valorar que existía un grave riesgo de los sanitarios en el desarrollo de su trabajo que debía evitarse por las demandadas y que éstas no protegieron suficientemente.